VOTACIÓN PARA ACTUALIZACIÓN DE LOS ACUERDOS INSTITUCIONALES DE CONVIVENCIA (CLICK ABAJO) 

SECCIÓN 1-NORMAS


1. DERECHOS


Todos los integrantes de  esta comunidad educativa gozan de los siguientes derechos, conforme a los Fundamentos y los Fines propuestos.



2. OBLIGACIONES 


2.1 Todos los integrantes de esta comunidad educativa deben cumplir sus obligaciones en el marco de los acuerdos logrados.



2.2 De las referidas al personal docente 



2.3 Referidas al personal auxiliar



2.4 Referidas a los alumnos


2.5 Referidas a los padres y/o tutores


3. ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES


En la escuela se promueven, dentro del marco curricular, distintas actividades de aprendizaje autónomo con supervisión docente.

Estas actividades como clubes, talleres, actividades de expresión artística, centro de estudiantes se realizarán dentro de las instalaciones cumpliendo con las siguientes normas:

2. Autorización de los profesores de la materia correspondiente cuando se superpongan con la clase.

3. Supervisión docente

4. Realizar acuerdos específicos de trabajo en forma colaborativa y grupal. Estos acuerdos se realizan en el marco general de los AIC

5. Cumplir con dichos acuerdos.

CONDUCTAS ESPERADAS


CONDUCTAS NO ADMITIDAS


SECCIÓN 2- MEDIACIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTO EN CASO DE CONDUCTAS NO ADMITIDAS POR LOS AIC


La acción reparadora no busca el castigo por sí mismo, sino el cuidado. Entendiendo el cuidado como el derecho a cuidar, a ser cuidado y autocuidarse. Estas acciones  deberán entenderse como instancias reparadoras de los derechos de los sujetos que se vieron afectados por la norma incumplida.


La toma de conciencia acerca de las propias conductas inadecuadas, la reflexión sobre las consecuencias de lo actuado y la interacción de la crítica y la autocrítica deben apuntar a recomponer los canales de comunicación y participación y fundamentalmente, el compromiso de seguir construyendo la convivencia.


¿Cuáles son las transgresiones?



¿QUE SE TIENE EN CUENTA AL PROPONER ACCIONES REPARADORAS?



Definimos: 






ACCIONES REPARADORAS


FALTAS LEVES Y FALTAS GRAVES



Entrevistas con miembros del equipo directivo o el EOE. 

Citación o entrevista con los adultos.


            Acciones de reparación posibles: 


“ reparación material individual o grupal 

“reparación pedagógica mediante trabajos de reflexión, investigación  y/o exposición.


FALTAS MUY GRAVES


Intervención del CIC que determinará las acciones a seguir. 

SECCIÓN 3- CONSEJO INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA


El CIC es un espacio de diálogo, intercambio y reflexión y participación, que atiende los casos de transgresiones muy graves, o de convivencia grupal que le sean encomendados y en el que los representantes de los distintos actores institucionales expresan sus opiniones y asesoran al Equipo Directivo acerca de las estrategías de solución a las que se haya arribado.


El CIC busca establecer una relación entre las normas escritas y los hechos acontecidos. Esta es una relación de interpretación del sentido de esos hechos en sus contexto de origen y una relación de justa proporción entre la transgresión, y la reparación.


1. CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO DE CONVIVENCIA


Se constituirá un consejo de Convivencia por turno con la siguiente composición.



2. ELECCIONES DE LOS MIEMBROS DEL CIC


Representantes docentes



Representantes de los alumnos



FUNCIONAMIENTO DEL C.I.C


SECCIÓN 4-EVALUACIÓN


Se estipula como obligatoria una primera convocatoria anual del C.I.C posterior a las elecciones de cada Ciclo lectivo para releer los AIC, realizar una crítica a los mismos para evaluar la necesidad de alguna modificación.

De ser necesaria alguna inclusión o modificación se deberá realizar una Asamblea institucional donde se someta al resto de la Comunidad lo observado y se deberá realizar una votación no obligatoria para decidir según la mayoría.